Ciudad de México. A partir de este jueves comenzó a correr el plazo de 24 horas otorgado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que los jueces federales revoquen las suspensiones que habían frenado el proceso electoral relacionado con la Reforma Judicial, tras la publicación de la sentencia correspondiente en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La decisión deriva de la sentencia emitida por el Pleno de la SCJN el pasado 13 de febrero, que resolvió consultas formuladas por jueces y magistrados sobre los límites competenciales entre el Poder Judicial Federal y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). El máximo tribunal concluyó que el TEPJF no tiene facultad para anular suspensiones dictadas en juicios de amparo, y que sus resoluciones al respecto son meras opiniones sin efectos jurídicos vinculantes.
“Cada vez que una autoridad se coloca por encima del derecho, por nobles que sean sus intenciones, contribuye a la demolición del sistema que todos estamos obligados a preservar”, señala la sentencia, en una advertencia sobre la erosión del orden constitucional.
¿Qué implica esta decisión?
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Jueces de distrito que hayan concedido suspensiones contra la implementación electoral de la Reforma Judicial deberán revisarlas de oficio y, conforme a los artículos 139 y 154 de la Ley de Amparo, revocarlas si no se ajustan a los criterios establecidos por la Corte.
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El fallo cita como sustento la Acción de Inconstitucionalidad 164/2024, en la que se definió la validez de las normas de la Reforma Judicial, estableciendo un marco claro sobre su aplicación.
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Respecto a las resoluciones del TEPJF en los casos SUP-AG-209/2024, SUP-AG-632/2024 y SUP-JDC-8/2025, la Corte puntualizó que no pueden interferir con las decisiones de los jueces de amparo, ni funcionar como una instancia de revisión.
“Las sentencias de la Sala Superior deben leerse como la opinión de la mayoría de los miembros de este cuerpo colegiado”, señala con contundencia el fallo.
Contexto
La reforma judicial impulsada por el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum prevé, entre otros puntos, la elección por voto popular de jueces, magistrados y ministros, lo cual ha generado una fuerte controversia en el ámbito jurídico por sus implicaciones sobre la independencia judicial. Diversos amparos y recursos habían sido interpuestos para detener su implementación, particularmente el proceso electoral ya en curso.
Con esta sentencia, la Corte refuerza su papel como intérprete final de la Constitución y limita los intentos del TEPJF de incidir en decisiones del fuero común del juicio de amparo.







